¿Qué gastos tengo al vender?
La mejor ayuda para vender tu vivienda
Conoce de primera mano la respuesta a tu pregunta: ¿qué gastos tengo al vender mi vivienda? Consúltame sin compromiso y te ofreceré la mayor ayuda para la venta de tu inmueble. Si quieres poner en venta una propiedad pero no tienes respuesta, toma nota.
Certificado energético:
Es el informe realizado por un técnico (aparejador arquitecto o ingeniero) autorizado o homologado según normativa vigente.
La cancelación de la hipoteca:
En caso de que dispongas de ella, tendrás que tener en cuenta:
- El capital pendiente de la hipoteca y de sus comisiones de cancelación anticipada
- Notaría, escritura del otorgamiento de la carta de pago
- Registro de la propiedad y Consellería de Hacienda
- Gestoría, que será la encargada de gestionar la carta de pago, provisionando la cantidad necesaria para tramitar lo mencionado y posteriormente su correspondiente liquidación
Notaria venta:
Redacción de la escritura de la compraventa. Los gastos de notario serán con arreglo ley, según el artículo 1455 del Código Civil.
Plusvalía municipal:
Una vez formalizada la escritura pública de compraventa y presentada la copia de escritura en el Ayuntamiento correspondiente, éste te notificará en tu domicilio el importe a liquidar del impuesto municipal de la venta de tu vivienda, teniendo en cuenta el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana. La cantidad que tendrás que abonar se halla aplicando un coeficiente, teniendo en cuenta el valor catastral y los años que tú tienes la propiedad.
Inmobiliaria:
Por su compromiso de servicio en las acciones encomendadas de representación, asesoramiento, negociación y cooperación.
Herencia:
Los herederos están designados por el testamento otorgado. En caso de no existir dicho testamento, habrá que realizar la correspondiente declaración de herederos, certificados de defunción, últimas voluntades testamento para finalmente realizar la oportuna herencia. De lo mencionado tendremos que liquidar el Impuesto de sucesiones, Gestoría, Notaría y Plusvalía.
Hacienda:
Declaraciones sobre la vivienda habitual, Incremento de patrimonio, Impuestos estatales, según Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas.