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5 septiembre, 2024¿Lo sabías? A partir de este año 2025, se han introducido cambios significativos en la forma en que se actualizan las rentas de los contratos de alquiler en España. Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda, el Índice de Precios al Consumo (IPC) ya no es la única referencia para la revisión anual de los alquileres.
En su lugar, se ha creado un nuevo índice llamado Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Este índice, que se publica mensualmente, establece un límite máximo en el porcentaje de incremento que se puede aplicar a la renta.
¿A quién afecta esta nueva normativa?
Es importante destacar que el IRAV se aplica exclusivamente a los nuevos contratos de alquiler firmados a partir del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley de Vivienda. Los contratos anteriores a esta fecha se seguirán rigiendo por las condiciones pactadas entre las partes, que generalmente utilizan el IPC o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC) como referencia.
¿Cómo funciona el IRAV?
El IRAV se calcula con base en la evolución de los precios de alquiler de vivienda en todo el territorio nacional. Para enero de 2025, el índice ha establecido un límite del 2,2% en la subida del alquiler. Esto significa que, para los contratos sujetos a este índice, los arrendadores no podrán aumentar la renta por encima de este porcentaje.
Puntos clave a tener en cuenta
- Actualización anual: La actualización de la renta debe estar expresamente recogida en el contrato de arrendamiento. Si no existe una cláusula que lo estipule, el propietario no podrá exigir la revisión.
- Solicitud del arrendador: Es responsabilidad del arrendador solicitar la aplicación del ajuste en la fecha correspondiente. Si se realiza con retraso,1 no podrá reclamar pagos retroactivos.
- Limitación del incremento: El IRAV busca proteger a los inquilinos de subidas desproporcionadas en las rentas, ofreciendo mayor estabilidad. Sin embargo, es importante estar atentos a la posible tendencia de establecer precios iniciales más altos para compensar las limitaciones en las actualizaciones.
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Ejemplo práctico
Si el alquiler es de 1.200 euros al mes y el contrato se firmó en junio de 2024, la actualización será efectiva en junio de 2025. El propietario deberá notificar al inquilino en mayo de 2025 y utilizar el índice del INE publicado ese mismo mes para calcular la subida.
Imaginemos que es del 2,2%. Hay que calcular el 2,2% de 1.200 euros, que es 26,4 y sumarlo a la renta mensual. Por tanto, quedaría un alquiler actualizado de 1.226,4 euros.
Y recuerda, si tienes dudas sobre la aplicación del IRAV o cualquier otro aspecto relacionado con tu contrato de alquiler, no dudes en contactar con nosotros. Nuestro equipo de expertos estará encantado de asesorarte.